Para agilizar su tramitación se recomienda presentar el recurso en la sede de este Tribunal, a través del siguiente enlace:
https://sede.hacienda.gob.es/es-es/sedes/tacrc/paginas/tacrc
En todo caso el documento que acredite la representación del compareciente, así como el resto de los documentos indicados en el artículo 51.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en su caso.
La presentación por correo electrónico no es una forma válida de interposición de recurso especial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Las resoluciones dictadas por el Tribunal son publicadas días después de su aprobación, y a ellas se puede acceder a través de la siguiente página:
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